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[Subsidios Por Fallecimiento]

Subsidios por Fallecimiento, son entregados por las Cajas de Compensación Familiar a la que este inscrita el grupo familiar. Este tipo de ayuda se entrega por dos eventos: el primero es si el que se encuentra a cargo de la familia fallece;  y el segundo es si otro miembro de la familia que no sea el encargado fallece. 

Modalidades de pago para los casos de Subsidios por Fallecimiento

  1. Cuando fallece un miembro de la familia: Si esto sucede, la empresa debe avisar a la Caja de Compensación Familiar, de manera inmediata; y ésta emite un subsidio llamado extraordinario, porque es el pago monetario de 12 meses, del subsidio que recibía esa persona. 
  2. Cuando fallece el encargado de la familia: los miembros del núcleo familiar que perciben subsidio, lo siguen recibiendo hasta por 12 meses más, de manera continua. 
Subsidios Por Fallecimiento
Subsidios Por Fallecimiento

Requisitos que piden las Cajas de Compensación Familiar para Subsidios por Fallecimiento

Como todo subsidio o ayuda, para poder disfrutar de ellos, se debe cumplir con requisitos y documentos; por tal razón haremos un pequeño listado general, de cuales son estos documentos que se deben tener para recibir el subsidio por fallecimiento, en esta oportunidad se desglosa información sobre la Caja de Compensación de Colsubsidio: 

Cuota Monetaria por Padres: 

  • Registro Civil del Acta de Nacimiento.
  • Registro Civil de Acta de Defunción. 
  • Fotocopia del documento de identidad; tanto de la persona que solicita el beneficio, como del trabajador fallecido. 

Cuota monetaria por Hermano: 

  • Para los hermanos que reciben este beneficio, es porque han quedado al cuido del trabajador; y esto se verifica mediante un acta o custodia emitida por alguno de los organismos correspondientes (Comisaria o Juzgado de la Familia; ICBF; etc.)
  • Copia de la documentación de identidad del solicitante y del trabajador fallecido. 
  • Original o copia del Registro Civil del Acta de Defunción. 
  • También se debe entregar copia del Registro Civil de Nacimiento de los hermanos. 

Cuota monetaria por hijastros o hijos: 

  • Del documento de identidad una copia tanto del fallecido como del solicitante. 
  • Si el solicitante no es hijo biológico de la persona fallecida, debe presentar la custodia emitida por las entidades correspondientes. 
  • Acta de Defunción, original o copia
  • Fotocopia del Acta de Matrimonio o Registro Civil. 
  • Del Acta de nacimiento de los hijos, una copia; aplica para aquellos que gozan del beneficio en el mes de fallecimiento. 
  • Una declaración de dos testigos, que no sean familiares, en el caso de que no vivan juntos; la misma debe ser juramentada. 
  • Si la persona fallecida, esta en unión libre, debe emitir también una declaración juramentada, la cual debe tener dos testigos que no sean familiares, y que indique la convivencia de los hijos (menores de edad); y la dependencia que tienen con el trabajador. 

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